La residencia permanente, también conocida como ‘Green Card’, es el permiso que otorga Estados Unidos para que inmigrantes elegibles puedan vivir y trabajar de forma legal y permanente en territorio estadounidense, según el Gobierno de EE.UU.
«En la mayoría de casos, un patrocinador (empleador o familiar) es el que solicita la residencia permanente o ‘Green Card’ (tarjeta verde) en favor de otra persona», señala el Gobierno estadounidense.
Sin embargo, estas no son las únicas formas para solicitarla. A continuación, te contamos cuáles son tus opciones para ser elegible al momento de solicitar la residencia permanente en Estados Unidos.
Categorías para ser elegible para la residencia
Tarjeta verde de familia
1. Familiar directo de un ciudadano estadounidense
Son elegibles para esta categoría los familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense como un cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, o padres de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años de edad.
Estos familiares, dice el Gobierno de EE.UU., «siempre tendrán un número de visa inmediatamente disponible».
El primer paso en estos casos es que el ciudadano estadounidense debe presentar el ‘Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero’, el cual puedes llenar en línea en este enlace.
Se debe tener en cuenta que, para presentar este formulario para familiares directos, deberás crear primero una cuenta en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés).
Encontrarás todas las instrucciones para crear tu cuenta en este link.
Si su familiar inmediato ya vive en Estados Unidos, se puede llenar, al mismo tiempo que el formulario anterior, el ‘Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus’, de cual puede usted encontrar todos los detalles aquí, desde costos y formatos de entrega hasta direcciones de los lugares para presentarlo.
Si su familiar inmediato no vive en Estados Unidos, debe esperar a que se apruebe el Formulario I-130 para luego continuar con el proceso mediante el Formulario I-485.
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