El máximo tribunal de justicia dictaminó este lunes que los inmigrantes indocumentados detenidos por más de 6 meses en cárceles de ICE no tienen derecho a una audiencia de fianza y esperar en libertad la resolución de sus casos.
La Corte Suprema de Justicia decidió este lunes que los inmigrantes indocumentados que hayan estado detenidos por más de seis meses a la espera de sus procesos de deportación, no tienen derecho a salir libres bajo fianza.
La pregunta que revisó el máxino tribunal de justicia era si un extranjero detenido bajo el Título 8 del Código de Estados Unidos, Sección 1231, tiene derecho por estatuto después de seis meses de detención a una audiencia de fianza en la que el gobierno pruebe ante un juez de inmigración que el extranjero podría fugarse o ser un peligro para la comunidad.
La respuesta emitida por la mayoría de los magistrados fue categórica: no.
“La Corte dijo que aquellas personas que permanecen detenidas en espera de sus procesos de deportación no tienen derecho a una fianza después de seis meses privados de libertad”, explica José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.
El tribunal, además, dijo que “en ningún lado la ley dice que usted tiene derecho a un juicio de fianza, sino que existen mecanismos para la puesta en libertad, pero la sección de inmigración correspondiente no indica que usted tiene derecho a una audiencia de este tipo”, señaló.
Guerrero explicó además que “muchos inmigrantes que tenían la esperanza de ser liberados mientras esperan la resolución de sus casos, deberán esperar que la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) decida caso por caso, conforme a la discrecionalidad otorgada”.
El fallo respondió a un inmigrante de origen mexicano, Antonio Arteaga-Martínez, quien fue deportado en julio de 2012 y regresó nuevamente al país sin autorización en septiembre de ese año. Agentes de ICE lo detuvieron nuevamente en 2018 y restituyeron la orden de deportación de 2012.
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